Penitencia
Tradiciones
Les escribe a los fieles de Fila, San Ignacio mártir: "el Señor perdona a los que se arrepienten, siempre que tal arrepentimiento les reconduzca a la unidad con Dios y a la comunión con el Obispo"..
Testimonios más precisos se tienen del siglo ll, como la que recomienda, hacia mitad de siglo San Diógenes de Corinto: "acoger a los ue se conviertan de cualquier pecado o delito, incluso de cualquier desviación hereje".
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Tradiciones cristianas
Quedan dos documentos insignes: uno extenso titulado "el Pastor", escrito por Erma, hermano del Papa San Pío l. Estamos hacia el 150. El escrito ha sido desarrollado para reivindicar la legalidad de la confesión, como medio sacramental de la remisión de los pecados tras el bautismo. El anuncio está propuesto con circunspección y cautela, quizás para no afectar demasiado a la conciencia de los rigoristas bien intencionados. Se afirma la unicidad de la confesión tras el bautismo, pero se otorga una única vez.
La misma reinvidicación, con el mismo límite, se hace en la obra titulada, precisamente "De poenitentia". La primera sería el bautismo y la segunda, la penitencia por una única vez, afirma Tertuliano: ¿Y no basta esta única vez?. Tú recibes lo que no has merecido, porque habías perdido lo que ya habías recibido. Es más grande devolver que dar, cómo es más tristeel haber perdido que no haber recibido.
En el Evangelio están escrito el perdón de las ofensas: ¿Cuántas veces debo perdonar a mi hermano que me ofende? ¿Hasta siete veces?. Jesús le responde: no hasta siete veces, sino hasta setenta veces siete. La generosidad del hombre, ¿deberá ser quizás más grande que la de Dios?. Si el hombre debe perdonar siempre, ¿Dios no perdonará siempre?.
Con Tertuliano estamos en los inicios del siglo lll, cuanto otra controversia había vuelto, no a propósito de la posibilidad de ser absueltos tras el bautismo, sino por la clase de pecados a absolver. Esta controversia fue más larga y más tenaz.
En un primer momento las objeciones fueron especialmente contra los pecados carnales graves, en un segundo momento contra la apostasía. En el primero los rigoristas desviaron en una herejia (el montanismo) a los que se adherió incluso Tertuliano. Ellos pretendían irremisibles los más graves pecados mortales. tertuliano surge contra la medida del Papa Calixto, que prescribió absolver tales pecados mediante un prebistero. El contenido del decreto del Papa Calixto fue notorio precisamente, sólo mediante dos obras polémicas de Tertuliano (De dicitia) y de Hipólito (Filosofumeni). Tal decreto reafirma doctrina y práxis siempre tenidas por la Iglesia de Roma el poder de las llaves, inquietud o especie de pecado.
Poco más tarde la controversia potencial se polarizó sobre la apostasia. La persecución de Decio había sido la primera, en verdad, sistemática y astuta. Decio profesaba querer desmantelar a los cristianos y no hacer mártires: puso por obra todo arte para inducir a los cristianos a rendir culto a la religión del Estado y del acto de homenaje fue lanzado el certificado de regularidad (libellus). Algunos conseguían liberación, la difamación sin cumplir el acto, eran los libellatici. Muchos fueron entonces los libellatici y muchos los lapsi (caídos9, de modo que muerto Decio, la Iglesia se encontró frente a su problema,que alcanzó proporciones inesperadas. ¿Admitirlos al perdón, readmitirlos en la Iglesia?. Muchos se oponían argumentando la apostasía de unos, la resistencia, los sufrimientos, al martirio de los otros. El perdón y la remisión de los primeros no era quizás una injuria. ¿Y para los segundos?. Incluso aquí los rigoristas acabaron en una herejía. la herejía de los novacianos, que contestaba a la Iglesia el mismo poder de absolver. Para defender doctrina y práxis romanas se eligió en el campo al Obispo San Cipriano.
Al final del siglo lll se puede considerar superado el periodo de controversias teóricas y de incertidumbres prácticas: la doctrina y la praxis siempre vive en Roma, llegarán a ser la doctrina y práxis universales: todo pecado es remisible sin límite alguno, siempre que se hallen las condiciones subjetivas y objetivas para las cuales el sacramento es válido y lícito.
El adulterio y la apostasia se podía reconectar con dos de los tres pecados canónicos, explicitamente denunciados en las primeras normas (cánones), emanada del concilio de los apóstoles acontecido en Jerusalén en el año 54, cuando fue deliberado no someter a los gentiles, que querían hacerse cristianos, a la obligación de la ley mosáica, sino invitarlos a abstenerse de la contaminación de los ídolos, de la fornicación, de los animales ahogados y de la sangre Hec 15,20. Sobre el significado exacto deestas prescripciones y sobre su valor jurídico y ético discutían los exégetas. Los rigoristas de entonces, más bien sumariamente, atribuyeron sumariamente, atribuyeron su significado exacto y una precisa valoración ética. Junto al adulterio y la apostasía parecía que algunos sostuvieran ls imperdonabilidad hasta del homicidio, casi tercer pecado canónico. Son ciertas dos cosas. La primera, que el elenco de pecados irremisibles era más bien variables: el mismo Tertuliano acaba por decir irremisibles, más allá de la fornicación, incluso los otros dos pecados canónicos, y también el fraude y la blasfemia. la segunda cosa es que en las preocupaciones de estos pecados permanecieron largas prevenciones rigoristas. Todavía en algunos concilios particulares del siglo lV se reitera no absolver ciertos pecados. Así algunos cánones del concilio de Elvira, en el 300, niegan la absolución en ciertas formas de idolatría y de forniicación; y otros cánones del concilio de Arnes, en el 314, la niegan a los apóstatas. Aun el concilio de Nicea debía preocuparse del asunto y poner fin a las incertidumbres, afirmando de manera perentoria y general, que no se debe negar la comunión a nadie que, en peligro de muerte, la requiera. Lo que supone que la Iglesia no quiere, o no pude absolver, al menos en la hora de la muerte.
Tengan en cuuenta que hasta los rigoristas, los cuales negaban el poder o la oportunidad de absolver ciertos pecados, no es que condenasen al pecador a la perdición eterna: también querían que la Iglesia no los absolviera ni siquiera en aquel momento extremo, pues quieren confiar al pecador a la misericordia de dios. la Iglesia, en tanto que rechazaba su oficio de mediación eficaz, había ofrecido su oficio de eficaz emperadora.
En Mateo se habla de la irremisibilidad de la blasfemia contra el Espíritu Santo, y en la 1 Carta de Juan se habla de los pecados que conducen a la muerte y de los pecados que no conducen a ella. Se trata de la distinción entre pecados mortales y veniales, según nuestro actual lenguaje. Son dos pasos de difícil interpretación: ¿en qué consiste la blasfemia contre el Espíritu Santo?. No parece que la muerte de la que habla Juan, o la irremisibilidad de la que habla Mateo, debían entenderse y constituir un límite insuperable para el poder de la Iglesia acerca de la remisión de los pecados.
Queda comprendido como en los inicios de lareflexión cristiana, a los inicios del largo camino exegético, estos textos deberían pesar en la doctrina y en la práxis penitencial. Orígenes, demasiado en general,afirma el poder de la Iglesia de perdonar todo pecado, a un paso de De oratione, habla de los pecados insanables, o irremisibles y de tres pecados canónicos y del pecado que conduce a la muerte. Cipriano, queda perplejo ante el texto de Mateo, y habla de la irremisibilidad de la blasfemia contra el Espíritu Santo.
En el Evangelio, la fuerza de Cristo cura todo mal: y todos los que lo tocaban quedaban curados y ni siquiera la muerte es obstáculo para su fuerza: la hija de Jairo, apenas expirado, el hijo de la viuda de Naim llevado al sepulcro, e incluso Lázaro en el sepulcro, ya deshecho y putrefacto son contrarios a la vida. Si esto es en la vida física, ¿será menor la fuerza de Cristo en el orden sobrenatural de la vida, a la cual viene Cristo como restaurador, como salvador?.
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