El consejo de la Credenza


 En la ciudad de Ivrea, durante el periodo comunal, la facultad de legislar correspondía a dos Consejos y a dos Credenze integradas y presididas por el Podestà.

Casi con seguridad, antes del 1300 existían una Credenza y un consejo; pero después pareció mejor hacer participar a un número más elevado de ciudadanos en las deliberaciones de mayor importancia. Los miembros de la Credenza, lamados Credendari, debían tener la ciudadanía eporediense y eran elegidos de por vida.

Más o menos hacía la mitad del 1300 existían 2 Credenze (Credencias):
  • Credenza general, formada por 40 personas
  • Credenza de los jefes de casa, compuesta por 75 ciudadanos, representantes, en la misma medida, de los distintos barrios (terzieri).

La Credencia general se ocupaba de los problemas más sencillos, en cambio, cuando se trataba de decidir los gastos del Ayuntamiento, de hacer alianzas o de declarar la guerra, tenía que tomar los acuerdos con la Credencia de los jefes de casa. Había, además, un Consejo privado y un consejo de los 24 de mayor censo (formado por las familias más ricas de la ciudad); el primero se ocupaba de los asuntos de administración ordinaria; en cambio, el segundo intervenía en los problemas más importantes. La Credencia general se ocupaba de todos los asuntos. Cuando se tenía que deliberar sobre problemas importantes como la paz o la guerra, se intentaba la aprobación de los jefes de casa; en estos casos, las dos Credencias se reunían. Las decisiones de la Credencia tenían que ser respetadas por todos a fin de que no se pudieran cambiar o anular. Cada año, a principios de Agosto, el Consejo de la Credenza tenía que convocar una reunión para decidir si eran necesarias reformas o ampliaciones de los Estatutos.

Si se reconocía tal necesidad, se elegía una comisión compuesta de tres o cuatro estatutarios por barrio y por un Notario, los cuales, en el plazo de 15 días, tenían que presentar las reformas y nuevas disposiciones sobre pergamino, con los artículos en cinabrio (es decir, escritos en rojo). La Credenza, además, aprobaba los estatutos especiales de las diferentes corporaciones y todos los artesanos tenían que jurar cada año al Podestá que harían su trabajo según las reglas establecidas. La Credenza establecía las tarifas de cada arte y oficio.